El
Sector Público realiza miles de pagos e ingresos, para ello este agente público
lleva a cabo una previsión de las actividades financieras que se propone
desarrollar durante un determinado período de tiempo, por lo general un año.
Entre sus características
fundamentales, pueden destacarse las siguientes:
· Consiste
en un acto de previsión: Esta tiene un signo
distinto según nos refiramos a la vertiente de los ingresos o a la
de los gastos. Como tal previsión de gastos, se trata, de un programa de
gastos, cuya estructura depende de cuáles sean los objetivos del Estado en el
año en cuestión. En cuanto a los ingresos, es solo una estimación, de forma tal
que, una vez fijada su composición, se determina la estructura de tipos de
gravamen y se estima el volumen o cuantía de los mismos.
· Equilibrio formal o contable: Entre
ingresos y gastos públicos (IP = GP).
El presupuesto supone
también una idea de equilibrio entre gastos e ingresos: los gastos públicos
presupuestados han de cubrirse, en términos contables, con alguna suerte de
ingresos. No obstante, de ningún modo debe identificarse equilibrio contable
con equilibrio económico, según el cual ciertos gastos (ordinarios) han de ser
iguales a ciertos ingresos (ordinarios).
- Recurrencia: El presupuesto debe elaborarse regular o periódicamente, por lo general anualmente.
- Lenguaje contable: El presupuesto se presenta bajo la forma de un conjunto de cuadros diseñados de acuerdo con un criterio orgánico. En él, junto a cada órgano público registrado, se anotan los gastos que se le programen y los ingresos que se le estimen.
- Carácter normativo: El presupuesto tiene rango de ley y es de obligado cumplimiento en todos los países obliga al Gobierno y a la Administración, tanto política como jurídicamente, especialmente respecto a los gastos previstos, en la medida en que estas previsiones se hacen para ser realizadas.
Cabe decir que todas
estas características permiten obtener una visión preventiva de cuál será la
actividad económica en el período de que se trate.
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